¿Qué obligación tiene el empresario principal de negociar en la huelga convocada por los trabajadores de empresas contratadas y subcontratadas?

Las noticias de las últimas semanas sobre la huelga convocada por los trabajadores de Eulen, empresa subcontratada por Aena que se encarga de la seguridad en el Aeropuerto del Prat en Barcelona, nos lleva a cuestionar la exigibilidad legal que tiene la Empresa principal, en este caso Aena, de negociar con los trabajadores de la subcontrata los motivos de la huelga, o si es deber de la empleadora formal el hacerlo.

Cuando se reivindican mejoras en las condiciones laborales impuestas a trabajadores de empresas contratistas y subcontratistas impuestas por el contrato con la principal se generan dificultades aplicativas a la hora de precisar la figura del empleador responsable de la negociación del fin de la huelga, es decir, si debe ser el empresario principal que externaliza o el empresario formal que contrata realmente a los trabajadores.

En Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en fecha 23 de Enero de 2.017, se declara que no cabe exigir a la empresa principal el deber de negociar para llegar a un acuerdo, cuando los trabajadores en huelga no pertenecen a su plantilla sino a la de diferentes empresas que subcontratan con ella. Y, aun cuando las reivindicaciones deberían de facto dirigirse al empleador material, la empresa principal, la norma sólo obliga a negociar al empleador formal, la subcontrata, aun cuando sus decisiones estén fuertemente condicionadas por la voluntad de su contratante.

El artículo 8.2 del RD 17/1977 que regula el ejercicio del derecho de huelga establece que  . Desde el momento del preaviso y durante la huelga , el Comité de huelga y el empresario ,  deberán negociar para llegar a un acuerdo. La Sentencia concluye que la Empresa principal en modo alguno tenía la condición de empresario afectado porque no era sujeto del derecho correlativo de los trabajadores a llevar a cabo la huelga, por lo que tampoco tenía capacidad ni por ello obligación de concurrir a la negociación con el comité de huelga para buscar soluciones al conflicto y poner término a la huelga.