Una normativa de movilidad laboral en la UE para evitar el ‘dumping social’

 

La actualización de la Directiva de Desplazamiento de Trabajadores persigue la libre circulación en la UE e implica unos mínimos exigibles para evitar el ‘dumping’ social y la competencia desleal.

Apostar por una libre circulación de trabajadores en el ámbito de la Unión Europea que garantice los derechos laborales, la competencia leal entre empresas y la sostenibilidad del sistema de seguridad social son algunos de los beneficios que persigue la Directiva de Desplazamiento de Trabajadores cuya trasposición vence en julio de 2020.

Las modificaciones de la Directiva incluyen el principio de igualdad de pago, que implica que se debe garantizar que una persona contratada en un país que se desplaza a otro para prestar servicios recibirá el mismo importe que cualquier trabajador del país de destino.

Se establece además que el límite del desplazamiento sea de 18 meses. A partir de ese periodo, la relación laboral se establece como si el trabajador fuera del país de destino en el que presta los servicios. 

Las modificaciones de la Directiva han venido acompañadas de la creación de la Autoridad Laboral Europea, que tiene previsto comenzar su acción en octubre de este año. Jordi Curell, el director de movilidad de la Comisión Europea, explica que la iniciativa tendrá siete ámbitos de actuación, y estará focalizada en los aspectos de información, para que en cada país las reglas puedan ser más accesibles para todos».

Las mejoras en los mecanismos normativos buscan llegar al fin principal: evitar la discriminación laboral asegurando los derechos de los trabajadores desplazados en cualquier país de la UE.

 

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