Las empresas deberán devolver todas las ayudas si despiden en los seis meses posteriores al Erte

 

 La Dirección General de Trabajo ha indicado que las empresas acogidas a un Erte que incumplan el compromiso de mantener el empleo durante los seis meses posteriores a retomar la actividad deberán devolver todas las cotizaciones exoneradas y no solo las de los despedidos.

Ese criterio, recogido en una nota informativa de la Inspección de Trabajo, señala, ante algunas dudas suscitadas, que se deben reintegrar todas las ayudas «al margen del número de trabajadores afectados por el incumplimiento» de la salvaguarda de empleo.

En marzo se estableció un cláusula de «salvaguarda del empleo» que obliga a las empresas a mantener plantilla, con algunas excepciones, durante los seis meses posteriores a la reanudación de la actividad tras un Erte y que se ha mantenido en cada prorroga de este mecanismo de protección del empleo durante la pandemia.

El incumplimiento, es decir los despidos antes de ese plazo, que se inicia con cada Erte que pide la empresa, conlleva «reintegrar la totalidad del importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas, con el recargo y los intereses de demora correspondientes», recoge el real decreto de marzo.

Hasta ahora no se había especificado si esa devolución era por empresa, es decir por todas las ayudas, o solo por la de los trabajadores que se vieran afectados por un despido, por lo que esta sería una interpretación más «dura» de la ley.

Las empresas acogidas a Erte en esta pandemia han visto bonificadas las cuotas que pagan a la Seguridad Social en distintos porcentajes, que han llegado hasta el 100 % en algunos casos, con un esquema que ha ido variando en cada prorroga.

 

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