Lúquez Asociados le ha sido notificada sentencia favorable de la Sala del TSJ de Catalunya

En fechas precedentes hemos recibido Sentencia de la Sala del TSJ de Catalunya por la que estima recurso de suplicación interpuesto en defensa de los intereses de una Empresa, calificándose el despido como procedente. El motivo de la mutación en la calificación del despido que había acarreado la improcedencia según criterio del Juzgador de instancia, radica principalmente en el hecho que la Superioridad sostiene que un trabajador acomete transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en sus menesteres, cuando incumple la obligación rubricada de confidencialidad, denotando una actitud desleal el hecho de acopiarse de información y documentación empresarial sin la debida y fidedigna autorización, y sin ser requisito para la bondad del despido, que la Empresa deba probar su uso indebido por el empleado.

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