Sentencia que impide un desahucio por la venta de la hipoteca a un Fondo.

Sentencia que impide un desahucio por la venta de la hipoteca a un Fondo

Aunque por ahora se trata de un caso aislado, puede llegar a tener una gran repercusión ya que, según los últimos datos publicados por la Asociación Hipotecaria Española, el 56% de las hipotecas nacionales, por valor de 393.000 millones de euros incluyendo las cédulas hipotecarias, se encuentran titulizadas y, por lo tanto, serían susceptibles de acogerse a la misma defensa en caso de desahucio.

La Sentencia en cuestión es la del Juzgado de Primera Instancia 6 de Arganda del Rey de 12/11/2015, en que el juez ha archivado una ejecución hipotecaria al estimar que el ejecutante, la entidad financiera «Unión de Créditos Para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria» (CREDIFIMO), no tiene legitimación activa para solicitar la ejecución de la hipoteca al haber cedido el crédito a un fondo de titulización (CaixaBank). CREDIFIMO al ceder su crédito a un tercero, dejó de formar parte de la relación contractual.

Incluso el Banco de España en respuesta a una consulta formulada indica lo siguiente acerca de la titulación de los prestamos: «…De conformidad con la Ley 19/1992, sobre régimen de sociedades y fondos de inversión inmobiliaria y sobre fondos de titulización hipotecaria, la titulación de un préstamo supone que la entidad que concedió el mismo deja de ser la acreedora del préstamo, aunque conserve por la Ley la titularidad registral y siga manteniendo, salvo pacto en contrario su administración».

La Sentencia razona que según el art. 559.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), CREDIFIMO no tendría legitimación para entablar dicha solicitud, al no acreditar el carácter o representación con que demanda. Tal defecto no puede ser subsanado por lo que la consecuencia es el archivo del procedimiento.